Sociedad y Derecho: El Derecho al Amor
El día de San Valentín representa un excelente pretexto para elucubrar el significado y alcance de las manifestaciones de amor que nuestro marco jurídico ha regulado.
La historia del día de San Valentín tiene sus raíces en la Roma clásica, en la fiesta pagana de “februa” de los latinos, la cual consistía en un ritual de purificación, del que el mes de febrero obtiene su nombre.
El 15 de febrero de cada año los romanos homenajeaban a “Fauno Lupercio”, el equivalente latino del dios griego “Pan”, protector de los rebaños, que también representaba la sensualidad masculina expresada en los mitos de faunos y machos cabrunos.
En este festejo, llamado “Lupercalia”, los jóvenes romanos corrían por las calles cubiertos apenas con una piel de cabra, flagelando a las muchachas que encontraban a su paso con correas de cuero, pues se pensaba que este castigo favorecía la fecundidad de sus víctimas.
Durante los inicios del cristianismo como religión oficial del imperio romano, en el siglo III después de Cristo, los fieles de la nueva fe continuaban celebrando muchas fechas paganas, tales como la fiesta del “Sol invicto” y el homenaje anual a Fauno Lupercio.
Para acabar con los festejos paganos, la iglesia instituyó nuevas fiestas cristianas en fechas muy próximas a las conmemoraciones paganas. Así, en lugar de la fiesta del Sol invicto, que ocurría alrededor del 21 de diciembre, se instauró la Navidad y, para terminar con la festividad de Fauno Lupercio, el papa Gelasio I creó, el 14 de febrero, el día de san Valentín, un personaje legendario, supuestamente ejecutado en 270 por orden del emperador Claudio II.
Según la leyenda, San Valentín había sido llevado al martirio por su práctica de celebrar el casamiento cristiano de numerosos soldados romanos con sus parejas, lo que estaba prohibido por el emperador, principalmente para los legionarios, por los cuales el santo quedaba cada vez más vinculado al amor romántico y al noviazgo.
Hacia fines de la Edad Media, el mito cruzó el Atlántico, llevado por colonos ingleses e irlandeses hacia Estados Unidos, donde surgió el hábito de intercambiar en esa fecha tarjetas postales con alusiones románticas.
La fiesta en sí es conocida como un evento cultural significativo desde lo religioso por la gracia del día de San Valentín y desde lo laico por relacionarse con los sentimientos del amor y la amistad.
El ideal clásico de que el amor de pareja debe darse necesariamente entre hombre y mujer ha sido ya superado por nuestro derecho positivo. La construcción jurisprudencial considera al “libre desarrollo de la personalidad” como una de las principales premisas de la evolución de los derechos humanos.
El lograr la “felicidad", ser feliz en sus propios términos, se ha constituido en nuestro país como un verdadero "derecho humano", el cual, consiste en: la prerrogativa que tenemos todas las personas de “vivir de la forma que mejor nos plazca”, de acuerdo a nuestras preferencias, gustos y creencias, y, por ende, a llevar a cabo todas aquellas actividades que contribuyan al pleno desarrollo de nuestra personalidad, sin que estas puedan ser limitadas ni restringidas, en manera alguna, por las leyes o por las autoridades.
Por el contrario, ahora el Estado, no solo debe proporcionar los medios materiales suficientes para el despliegue de la propia autonomía, sino también, garantizar una “buena calidad de vida para las personas” para lo cual es indispensable que cuenten con la facultad de decisión y, sobre todo, de poner en práctica todas aquellas actividades que se encuentren dirigidas a lograr ese objetivo.
Ejemplos claros del derecho humano al libre desarrollo de la personalidad lo encontramos en la construcción jurisprudencial relativa al matrimonio entre personas del mismo sexo, entre muchos más.
De manera tal que, la manifestación de cualquier tipo de amor, no solamente está permitido por nuestro marco jurídico, sino que, constituye una verdadera obligación para el Estado su salvaguarda.