SCJN permite demandar al IMSS y al médico por separado en casos de negligencia médica
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las víctimas de negligencia médica en instituciones públicas como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pueden emprender acciones legales paralelas contra el Estado y contra el médico tratante, estableciendo así un nuevo criterio de jurisprudencia.
La decisión fue publicada el viernes 4 de abril de 2025 a las 10:08 h, en el Semanario Judicial de la Federación, y tiene carácter obligatorio al tratarse de jurisprudencia emitida por una de las salas del máximo tribunal.
De acuerdo con la resolución, la vía administrativa se consideró procedente para exigir la responsabilidad patrimonial del Estado, mientras que la vía civil ordinaria fue declarada adecuada para reclamar directamente al médico por su actuar negligente.
El caso que dio origen al criterio ocurrió cuando una persona física demandó a una doctora por daños presuntamente causados durante una intervención médica en una clínica del IMSS. La profesional de la salud argumentó que el proceso debía tramitarse exclusivamente como responsabilidad patrimonial del Estado por la vía administrativa, pero los tribunales rechazaron esa postura.
"La responsabilidad civil del médico puede exigirse en lo personal, sin importar que labore en una institución pública", sostuvo la SCJN. "Esto no excluye que, de forma paralela, pueda reclamarse la reparación de daños al Estado por medio de la vía administrativa", añadió el alto tribunal.
El criterio sentó jurisprudencia y marcó un precedente relevante en la protección de los derechos de pacientes en México, al permitir que se exijan indemnizaciones diferenciadas tanto al profesional de la salud como a la institución pública.