CONSULTA A LOS EJIDOS PARA EL DISEÑO DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS RURALES

En lato sensu la democracia es el gobierno del pueblo, mediante los mecanismos de representación que incluyen a toda la sociedad. La estructura de división de poderes que prevalece en México, debería ser suficiente para que la voz y el sentir de los ciudadanos estuviera correcta y suficientemente representada en las decisiones del gobierno, cuyo beneficiario final es el propio pueblo.
La forma de materializar esa representación es mediante los diputados, que a través de trescientos distritos electorales se eligen a igual cantidad de legisladores; además, mediante el principio de representación proporcional son electos doscientos diputados plurinominales, dividiendo el país en cinco partes, denominadas circunscripciones y en ellas se seleccionan a los mejor posicionados de entre los candidatos perdedores, con lo cual las minorías quedan representadas en la proporción de la suma de los votos que tengan en todos los distritos de esa circunscripción, para determinar quiénes llegarán a ser diputados en esa forma.
En teoría, así quedarían representadas todas las corrientes de pensamiento ciudadano, los que ganan en forma directa y los que llegan en forma indirecta o de representación proporcional, que serían todos los demás partidos, debiendo identificarse todos los ciudadanos en las diferentes ofertas de los partidos políticos, para que por medio de los diputados puedan hacer sus planteamientos de políticas públicas o propuestas legislativas. Además, en México, como en la mayor parte del mundo, se eligen senadores, que también en teoría, representan a los estados. También aquí dos en cada entidad se eligen directamente y otro mediante el principio de mejor perdedor o plurinominal.
En forma similar se hace en lo local, esto es, en cada estado hay diputados locales electos por mayoría y otros plurinominales. En lo local no hay senadores, solamente en el ámbito federal.
Todo este entramado debería ser suficiente para que los ciudadanos se sintieran parte del gobierno;que por medio de los representantes legislativos pudieran opinar sobre lo que piensa es lo mejor para México y el pueblo.
Sin embargo, todo ello en los hechos es una falacia, los diputados y senadores no oyen, ni menos ejecutan el sentir de los ciudadanos para elaborar leyes o políticas públicas, todos obedecen a los intereses de partido o grupos de poder.
En el ámbito rural, el artículo octavo de la Ley Agraria define un instrumento de democracia participativa directa y especializada:...”En los términos que establece la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal, con la participación de los productores y pobladores del campo a través de sus organizaciones representativas, formulará programas de mediano plazo y anuales en los que se fijarán las metas, los recursos y su distribución geográfica y por objetivos, las instituciones responsables y los plazos de ejecución, para el desarrollo integral del campo mexicano”…
En este imperativo se identifican por lo menos siete elementos, siendo el primero que el ejecutivo está obligado a consultar a (segundo) los ejidatarios, comuneros y propietarios particulares.
En tercer lugar, por primera vez en la ley agraria,se introduce la figura de los pobladores, a quienes también se deberá consultar; después a las organizaciones representativas. Los últimos tres se refieren a quién ejecutará las acciones, dónde y cuándo. Muy completa la ruta legal para escuchar a los campesinos y con ello planear y programar correctamente el desarrollo del campo. Sin embargo, ello no ha ocurrido, por lo menos no en sentido estricto, con rigor técnico jurídico, porque hacer reuniones con las organizaciones campesinas (políticas) no es
cumplir con la ley, sino simular que se cumple, porque igual que los partidos políticos, obedecen a intereses sesgados. Debe utilizarse la estructura ejidal de asambleas, la cual es verdaderamente democrática. En esta intención, modificar la ley agraria y la de planeación, resultaría útil y positivo. Cada año de elección federal o local, al inicio del período debería realizarse una asamblea de planeación en cada ejido, para responder cada una de las preguntas insertas en el citado artículo octavo de la ley agraria y a la luz de ello, proponer obras de infraestructura e inversión pública a cargo del ejecutivo local o federal. Para los diputados y senadores, algo similar;establecer qué propone cada núcleo agrario,para que sus legisladores realicen en el desempeño de su encomienda parlamentaria.
Las Juntas de Pobladores (vecinos en la zona rural) son creadas especialmente para opinar sobre los servicios públicos que requiere la comunidad, por tanto sería la mejor forma de ejecutar la democracia participativa con este tipo de asociaciones legalmente reconocidas por la ley.
*El autor es jurista especializado en derecho agrario y promotor de economía solidaria.Twitter: @ReyMagaaFacebook: Foro Agrario México Correo: reyconosil@gmail.com



