El proceso de Cristo
Desde que estuvo sobre la faz de la tierra, el Señor Jesucristo anticipó a sus
apóstoles que, por causa de su misión, iban a ser vituperados y perseguidos, y
que en el ejercicio de su ministerio se levantaría contra ellos toda clase de
calumnias. Aquí sus palabras al respecto: “Bienaventurados sois cuando por mi
causa os vituperen y os persigan, y digan toda clase de mal contra vosotros,
MINTIENDO”.
Este ha sido siempre el padecimiento de los enviados de Dios, y del mismo Señor
Jesucristo, quien fue calumniado vilmente por sus enemigos. Previo a su muerte
en la cruz, a Cristo se le siguió un proceso plagado de improcedencias que el
jurista Ignacio Burgoa Orihuela plasma en su libro “El proceso de Cristo”. Aquí las
violaciones que conforme al Derecho Hebreo se cometieron en el juicio religioso
seguido al Hijo de Dios:
“a) Violación al principio de publicidad en virtud de que el proceso se verificó en la
casa de Caifás y no en el recinto oficial llamado "Gazith".
“b) Violación al principio de diurnidad, puesto que tal proceso se efectuó en la
noche.
“c) Violación al principio de libertad defensiva, ya que a Cristo no se le dio
oportunidad de presentar testigos para su defensa.
“d) Violación al principio de rendición estricta de la prueba testimonial y de análisis
riguroso de las declaraciones de los testigos, pues la "acusación" se fundó en
testigos falsos.
“e) Violación al principio de prohibición para que nuevos testigos depusieran
contra Cristo una vez cerrada la instrucción del procedimiento, ya que con
posterioridad a las declaraciones de los testigos falsos, el Sanhedrín admitió
nuevos.
“f) Violación al principio consistente en que la votación condenatoria no se sujetó a
revisión antes de la pronunciación de la sentencia.
“g) Violación al principio de presentar pruebas de descargo antes de la ejecución
de la sentencia condenatoria, puesto que, una vez dictada, se sometió a la
homologación del gobernador romano Poncio Pilato.
“h) Violación al principio de que a los testigos falsos debía aplicárseles la misma
pena con que se castigaba el delito materia de sus declaraciones, toda vez que el
Sanhedrín se abstuvo de decretar dicha aplicación a quienes depusieron contra
Jesús.
Burgoa Orihuela se refiere en su obra al proceso político conforme al Derecho
Romano, en el que intervino Pilato, un hombre que incurrió en “notorios vicios in
procedendo que invalidaron jurídicamente la decisión arbitraria e injusta de
ordenar la crucifixión del Redentor”. La conducta de Pilato, agrega Burgoa
Orihuela, “obedeció al temor que el gobernador romano abrigó ante estas dos
posibilidades: cortar su carrera política, exponiéndose al jus gladii y soliviantar al
pueblo judío para independerse [o independizarse] de Roma, según lo pretendía el
grupo de los zeloles y al cual Judas quiso atraer a Jesús por considerarlo el
Mesías político, no religioso”.
A pesar de que las intenciones de los principales sacerdotes eran matarle, la pena
de muerte debía ser homologada por Pilato, el gobernador romano, quien, tras
examinar la vida de Cristo, exclamó ante los acusadores del Señor: "ningún delito
hallo en este hombre".
No obstante el veredicto de Pilato, la turba frenética gritaba: “Crucifícale. Es
entonces cuando a Pilato se le ocurre la idea de declararse “incompetente” para
juzgar a Cristo, y decide enviarlo a Herodes, quien lo devolvió inmediatamente a
Pilato, no sin escarnecerle como ‘monarca’, “vistiéndole de una ropa espléndida”,
escribe el evangelista Lucas.
Pilato aprovechó la actitud de Herodes para reiterar ante el pueblo la inocencia de
Jesús de Nazaret, y para decirle a la multitud que tampoco el tetrarca había
encontrado en él “nada digno de muerte”. Así que, no habiendo ningún sustento
en la acusación, resolvió: “le soltaré, pues, después de castigarle”.
Este recurso tampoco funcionó. La cruel flagelación de la que fue objeto por parte
de los soldados romanos no calmó la sed de sangre de la multitud, que seguía
pidiendo enfurecida la crucifixión de un inocente, pese a saber que no había
pruebas, y que los testimonios presentados durante “el juicio” eran totalmente
falsos. La gente tampoco quedó complacida con el veredicto de inocencia emitido
por el gobernador romano.
El evangelio de Mateo nos dice que en el día de la Pascua “acostumbraba el
gobernador soltar al pueblo un preso, el que quisiesen”. Así que Jesús de
Nazareth, sin ser culpable de ningún delito, fue uno de los que Pilato propuso
liberar; la otra propuesta era Barrabás, un delincuente de la peor calaña, sedicioso
y homicida, cuyos delitos lo habían hecho famoso en la región. La multitud pidió la
liberación de un homicida, y que Jesús fuese crucificado. Esto fue lo que dijeron a
Pilato: “Si a éste sueltas, no eres amigo de César; todo el que se hace rey, a
César se opone” (Juan 19:12).
“Esta terrible exigencia implicaba condenar a muerte a un inocente por un delito
político, la sedición, que Jesús no cometió”, afirma Burgoa Orihuela, quien añade:
“En este doloroso caso la política abatió a la justicia, fenómeno que es frecuente
en la historia de la Humanidad. Cristo no murió por blasfemo contra Jehová, sino
por sedicioso contra el Imperio Romano, según la execrable decisión unilateral de
Pilato”.