Revocación de mandato ¿Efecto Peje en las intermedias?

Sociedad y derecho

“Sufragio efectivo, no reelección” fue el lema de la campaña de

Francisco I Madero en el año de 1910, cuando se lanzó a competir por la

presidencia de la República Mexicana contra Porfirio Díaz, quien llevaba

35 años en el poder.

En aquellos tiempos, las elecciones presidenciales eran un mero

trámite para legitimar al gobierno que presidía Porfirio Díaz, quien

ejercía el poder desde 1876 y tenía el control total de las instituciones.

El lema de Madero condensaba lo principal de su propuesta

política: sus convicciones democráticas y su convencimiento de que el

sistema reeleccionista estaba siendo un lastre para el país. Por ello,

exigía elecciones limpias, donde la voluntad popular fuera respetada.

Gracias a su eslogan, la constitución de los Estados Unidos de

México de 1917 sería anti reeleccionista en lo referente al Presidente y

los Gobernadores.

La Cámara de Senadores está por discutir el proyecto de reforma

Constitucional aprobado en la Cámara de Diputados el 14 de marzo de

este año, de incorporar la figura de revocación de mandato en la

Constitución.

La revocación de mandato es una figura que permitirá que los

ciudadanos decidan si un funcionario público, electo popularmente para

cierto periodo, continúe en su cargo.

Es decir, pretende darle poder al ciudadano para que califique a su

representante y decida si lo mantiene en su cargo o no.

El proyecto pretende reformar los artículos 36, 41, 53, 73, 99,

116, y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

para instituir la figura de revocación de mandato, mediante la cual se

establecerá el derecho y obligación de votar en las consultas sobre ésta,

con lo cual se podría destituir a los representantes de elección popular

cuando lo soliciten los ciudadanos y haya transcurrido la mitad de su

gestión.

Dicha figura incluye la posibilidad de revocar al propio Presidente

de la República, a los Diputados Federales, Senadores, Gobernadores de

las entidades federativas, Diputados locales, los integrantes de los

Ayuntamientos, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México y los

integrantes de las Alcaldías de ésta, cuando su aplicación sea

equivalente al dos por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista

nominal de electores en la demarcación territorial correspondiente,

siendo el propio Instituto Nacional Electoral quien la organice y reciba

las solicitudes para verificar el cumplimiento de los requisitos

establecidos en la Constitución y en las leyes en la materia; computando

y declarando los resultados, los cuales serán vinculatorios cuando

participen al menos un tercio de los ciudadanos inscritos en la lista

nominal de electores.

De aprobarse el proyecto de revocación de mandato, dicho

proceso tendría lugar durante las elecciones intermedias del país, en

2021 en el que estarán en juego las gubernaturas de Colima, Guerrero,

Michoacán, Querétaro, Sinaloa, San Luis Potosí, Nayarit, Campeche,

Sonora, Zacatecas, Baja California Sur, Chihuahua y Tlaxcala.

Ello ha generado bastante polémica, sobre todo en el sentido de

que la revocación de mandato abre la posibilidad de reelecciones

indefinidas del Presidente López Obrador.

Por otro lado, el poner a López Obrador de nueva cuenta en las

boletas electorales, puede recrear las condiciones de la jornada electoral

que le dio el gane contundente y casi absoluto en 2018.

¿Será que lo que se busca de forma mediática es apostarle a que

el “efecto peje” corone de nueva cuenta a MORENA como el campeón

absoluto en los comicios intermedios y, así hacer ganar las elecciones a

sus candidatos?

La realidad es que el planteamiento no se ve para nada absurdo ni

descabellado, habrá que esperar que sucede.

Como siempre un placer saludarlo, esperando que estas pocas

letras hayan sido de su agrado y sobre todo de utilidad ¡Hasta la

próxima!



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