Alertan sobre sanciones a empresas por contratación de servicios especializados
Especialistas piden verificar que proveedores cumplan con obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social.

Tijuana, 20 de Enero. - Especialistas advirtieron a empresas, en particular de los sectores industrial y de la construcción, sobre el riesgo de enfrentar sanciones laborales y fiscales si no verifican que sus proveedores de servicios especializados cumplan con las obligaciones legales vigentes, en el marco del nuevo esquema que sustituyó a la subcontratación tradicional.
El modelo actual de contratación de servicios especializados, establecido tras la reforma a la Ley Federal del Trabajo, no representa un retorno al antiguo esquema de outsourcing, sino un sistema con reglas estrictas cuyo objetivo principal es garantizar los derechos de los trabajadores, explicó Ricardo Gómez, socio del despacho Consultores Asociados de Contadores.
"No se trata de volver a prácticas anteriores, ya que este esquema tiene lineamientos muy definidos y sanciones claras para las empresas que no cumplan, lo cual obliga a revisar cuidadosamente cómo se contratan los servicios especializados", señaló el especialista.
Gómez detalló que el artículo 12 de la Ley Federal del Trabajo prohíbe la subcontratación de actividades que formen parte del objeto social o de la actividad preponderante de una empresa, permitiendo únicamente la contratación de servicios especializados que sean ajenos a dichas funciones.
Indicó que esta modificación legal busca frenar prácticas que afectaban directamente a los trabajadores, como la pérdida del reparto de utilidades, y obliga a las empresas proveedoras a cumplir con obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social, además de contar con el registro correspondiente ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).
"La intención del gobierno fue garantizar que los trabajadores reciban prestaciones completas, como la participación de utilidades, que antes se diluía porque las empresas de subcontratación reportaban no tener ganancias", afirmó.
El especialista añadió que las industrias maquiladora y de la construcción concentran la mayor demanda de estos servicios, al requerir actividades complementarias como seguridad, limpieza o instalaciones técnicas, siempre y cuando las empresas contratadas cumplan con los requisitos legales.
Advirtió además que la responsabilidad no recae únicamente en el proveedor del servicio, ya que la empresa contratante puede ser considerada responsable solidaria en caso de incumplimientos laborales o fiscales.
"Si una empresa contrata a un proveedor que no cumple con sus obligaciones y decide mantener esa relación, puede enfrentar sanciones, la no deducibilidad de facturas e incluso consecuencias fiscales adicionales", subrayó.
Finalmente, el experto recomendó a las empresas revisar de forma permanente el cumplimiento de sus proveedores de servicios especializados, al considerar que la correcta aplicación del esquema no solo protege los derechos laborales, sino que también reduce riesgos legales y financieros para las organizaciones.



