Endurecerán castigos por muertes viales en Baja California
Con esta modificación legal, quienes ocasionen accidentes fatales bajo esas circunstancias podrán enfrentar penas de hasta 15 años de prisión

Tijuana, B.C. - El Congreso de Baja California aprobó reformas al Código Penal estatal para castigar como homicidio con dolo eventual los casos donde una persona provoque una muerte al conducir en estado de ebriedad, a exceso de velocidad o mientras utiliza el teléfono celular.
Con esta modificación legal, quienes ocasionen accidentes fatales bajo esas circunstancias podrán enfrentar penas de hasta 15 años de prisión, además de sanciones económicas y suspensión de derechos relacionados con la conducción vehicular.
La iniciativa fue impulsada tras diversos casos de accidentes mortales registrados en la entidad relacionados con consumo de alcohol, conducción temeraria y distracciones al volante. Legisladores locales señalaron que el objetivo es endurecer las consecuencias penales para quienes conscientemente asumen conductas de riesgo al conducir.
El concepto de "dolo eventual" implica que una persona, aun sin intención directa de matar, es consciente de que sus acciones pueden provocar la muerte de terceros y aun así decide continuar con esa conducta. Bajo este criterio, las penas son mayores a las contempladas en casos de homicidio culposo.
Diputados locales argumentaron que utilizar el celular mientras se conduce, participar en arrancones o manejar bajo efectos del alcohol o sustancias representan conductas de alto riesgo que pueden derivar en consecuencias fatales para peatones, pasajeros y otros automovilistas.
La reforma también contempla que fiscales y jueces puedan valorar elementos como el nivel de intoxicación, la velocidad del vehículo y el uso de dispositivos móviles al momento del accidente para determinar la existencia de dolo eventual.



