Promueven reformas al Código Penal Federal para combatir la pesca furtiva

Respaldadas por la Secretaría de Economía

Promueven reformas al Código Penal Federal para combatir la pesca furtiva
Por: Bernardo Peñuelas Alarid | EL MEXICANO | 02/05/2020

ENSENADA.- Una iniciativa de reformas al Código Penal Federal y a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, para combatir la extracción, tráfico y comercialización de especies marinas, será promovida por el presidente de la Comisión de Agricultura, Ganadería, Asuntos Portuarios y Pesca, diputado Juan Meléndrez Espinoza.

Dicha iniciativa sería respaldada por el titular de la Secretaría de Economía Sustentable y Turismo (SEST), Mario Escobedo Carignan, ya que tanto el funcionario del Gobierno del Estado como el legislador Meléndrez Espinoza pretenden que se modifique el Artículo 420 del Código Penal Federal con esa intención.

Más aún: el objetivo de esas reformas es lograr que se vincule a proceso a quienes, sin permiso, capturen hasta dos kilos de productos pesqueros de alto valor comercial, luego que hasta la fecha la pena alcanza sólo a quienes hayan pescado 10 kilogramos.

Asímismo, se pretende incluir a la pesca furtiva en la Ley de Extinción de Dominio, con el propósito de reforzar las acciones de combate a este delito, con base en lo expresado por los propios pescadores organizados.

La iniciativa de reforma establece que además de las especies del abulón y la langosta, se incluyan otras, como almeja hacha, erizo de mar, pepino de mar y almeja generosa.

La iniciativa de reforma con proyecto de decreto, considera varias legislaciones federales vinculadas con el primer párrafo del artículo 420 del Código Penal Federal, así como la fracción II Bis del mismo fundamento, detalló Escobedo Carignan.

Implicaría adicionar la fracción XI al Artículo 2º de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, para poder aumentar la pena de los delitos contemplados por el artículo 420 del Código Penal Federal.

Se consideraría también que dicho tipo penal sea susceptible de considerarse como delincuencia organizada, para ser sancionados en términos del artículo 1º, Fracción V, Inciso a) de la Ley Nacional de Extinción de Dominio.

La iniciativa fue presentada al Pleno de la XXIII Legislatura del Congreso del Estado y, en caso de ser aprobada, se enviaría al Congreso de la Unión, conforme con el Artículo 71, Fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Meléndrez Espinoza reconoció la dignidad de quienes con valentía salen a ganarse la vida en el mar, pero con estas medidas se pretende proteger de un mal mayor, que sería a embargo pesquero total del Alto Golfo de California; por ello deben seguirse buscando alternativas y artes de pesca que no pongan en peligro a las especies protegidas, puntualizó.(bpa).



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