2 de junio: del origen de una protesta en Lyon al reclamo global por derechos de las trabajadoras sexuales

La conmemoración del Día Internacional de la Trabajadora Sexual reabre el debate sobre su reconocimiento laboral, la diferencia con la trata de personas y las condiciones de seguridad y derechos humanos que exigen colectivos en distintos países.

2 de junio: del origen de una protesta en Lyon al reclamo global por derechos de las trabajadoras sexuales
Por: Sophia García | 06/02/2026

Tijuana, 2 de Junio. - El Día Internacional de la Trabajadora Sexual se conmemora cada 2 de junio en recuerdo de la protesta de 1975 en la ciudad de Lyon, Francia, cuando más de 150 trabajadoras sexuales ocuparon la iglesia de Saint-Nizier para denunciar condiciones laborales precarias, persecución policial y violencia estructural.

Aquel acto de protesta derivó en una movilización que se extendió a otras ciudades europeas y dio origen a redes organizadas de trabajadoras sexuales que, con el tiempo, se consolidaron como referentes internacionales en la defensa de derechos laborales y humanos.

Casi cinco décadas después, la fecha continúa siendo un punto de referencia para organizaciones que exigen el reconocimiento del trabajo sexual como una actividad laboral regulada, con condiciones de seguridad, acceso a salud y protección frente a la violencia y la discriminación.

En el debate contemporáneo, colectivos y legisladores insisten en diferenciar el trabajo sexual voluntario de la trata de personas, definida en la legislación mexicana como cualquier acción destinada a captar, trasladar o retener personas con fines de explotación.

Bajo esta perspectiva, organizaciones civiles sostienen que la confusión entre ambos fenómenos ha contribuido a políticas públicas que, en algunos casos, incrementan la vulnerabilidad de quienes ejercen el trabajo sexual de manera autónoma.

En México, se han presentado iniciativas para reformar la Ley Federal del Trabajo con el objetivo de regular esta actividad, planteando su definición como un trabajo realizado de manera libre, voluntaria y sin coerción entre personas mayores de 18 años, ya sea en espacios públicos, establecimientos o plataformas digitales.

Las propuestas legislativas también subrayan la necesidad de garantizar que las personas trabajadoras sexuales accedan a derechos laborales básicos, como seguridad social, condiciones dignas de trabajo y protección contra la discriminación.

El debate se enmarca además en un contexto de violencia persistente. Organizaciones como Letra S han señalado que las mujeres trans que ejercen el trabajo sexual enfrentan niveles elevados de vulnerabilidad, con tasas de homicidio significativamente superiores a las de mujeres cisgénero, lo que evidencia la intersección entre discriminación de género y exclusión laboral.

Activistas y colectivos insisten en que, independientemente de las razones que llevan a una persona a ejercer el trabajo sexual, todas deben contar con garantías de seguridad y el reconocimiento pleno de sus derechos humanos y laborales.

En este sentido, subrayan que las trabajadoras sexuales están amparadas por los derechos consagrados en la Constitución mexicana y en tratados internacionales, incluyendo el derecho a la vida, la salud, la libre asociación, el trabajo digno y la no discriminación.

La conmemoración del 2 de junio vuelve así al centro del debate público la discusión sobre la regulación del trabajo sexual, en un contexto en el que organizaciones sociales y actores políticos mantienen posiciones encontradas sobre su reconocimiento legal y sus implicaciones en materia de derechos.




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