Aprueba el Presidente AMLO ampliar los días de vacaciones dignas
Además que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social despejó algunas dudas respecto a esta reforma en material laboral

Ciudad de México, México. - El día de hoy el Presidente de la República Andrés Manuel López Obrador aprobó de forma oficial la modificación a la legislación laboral para extender el plazo mínimo de vacaciones para quienes estén laborando, dicha modificación se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y con ello, siendo vigente a partir del 2023.
En dichas adecuaciones dentro de la legislación laboral para descansar 12 días en lugar de 6 días como tradicionalmente se hacía, siendo las personas que tengan un año de servicio dentro de una empresa acreedoras a esta prestación.
"Después de las vacaciones, van a llegar los trabajadores con muchísimas ganas de trabajar y además, una empresa es una sociedad y para que funcione bien, tiene que tomar en cuenta que cuando menos significa lo mismo el trabajo que el capital", expresó AMLO al momento de anunciar la modificación al periodo de vacaciones ante la conferencia mañanera.
A través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) difundió una guía con dudas frecuentes respecto a esta nueva reforma a las leyes laborales:
Afirmó que los 12 días son continuos acorde a esta nueva reforma según el artículo 78 de la LFT: "La persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera"
De igual modo quienes cumplan 5 años en mi trabajo en 2023, el empleado tendrá derecho a 20 días de vacaciones una vez se cumplen los 5 años en 2023, eso si el acuerdo de cuando tomar dicho descanso será una negociación que se debe de realizar entre el empleador y el empleado considerando las necesidades del servicio, así mismo el solicitar esta prestación con antelación es algo indispensable estando ajustado a la política, calendario o contrato de trabajo de la empresa en cuestión.
En caso de que el patrón no de la autorización a su empleado de tomar vacaciones, estas se irán acumulando teniendo derecho a reclamar las del año anterior, sin embargo no es posible que el empleador intercambie esta prestación por efectivo o especie, así mismo si trabajas medio tiempo, tienes derecho a tomar vacaciones ya que depende de los años de servicio y no del tiempo de jornada que se haga por día.
Por último si tus vacaciones chocan con un día que se considere feriado, este día no se considera que pueda computarse dentro del periodo vacacional.
Así mismo el órgano federal invitó a los trabajadores a acercarse a ellos ante cualquier duda respecto a sus derechos como trabajadores.