HOY entra en vigor reforma que regula el "Home Office" en México

En el documento se indica que la reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.

HOY entra en vigor reforma que regula el Home Office en México
Por: (EL UNIVERSAL) | 01/12/2021

CIUDAD DE MÉXICO.- Este martes entró en vigor la reforma a la Ley Federal del Trabajo, en materia de Teletrabajo o "home office" que reconoce el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento del patrón, por lo que no se requiere la presencia física en el centro de trabajo.

El lunes fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de teletrabajo o home office.

En el documento se indica que la reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.

En diciembre del año pasado el Senado de la República aprobó el dictamen de reforma a la Ley Federal del Trabajo, lo que significa que por escrito se constarán las condiciones laborales en un contrato, el cual incluirá insumos y equipo de trabajo a los empleados que laboren desde sus hogares, así como los mecanismos de contacto, como el uso de las tecnologías de la información para establecer comunicación entre trabajador y patrón.

A partir de la publicación del decreto en el DOF, se establece que el Poder Ejecutivo Federal dispondrá de un plazo de dieciocho meses para publicar una Norma Oficial Mexicana que rija las obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo para el home office.

Puntos que tienes que saber de la reforma al home office.

1. Definamos teletrabajo

Se entenderá que una persona realiza esta actividad cuando hace sus labores en un sitio distinto a las instalaciones de la empresa o centro de trabajo.

También se tomará como home office las actividades que, en este contexto, utilicen las nuevas tecnologías de información y la comunicación.

2. Costos derivados del home office

Se establece que los empleadores deben asumir estos pagos, es decir, dado que ahora trabajas desde casa, tu patrón debe contribuir con el pago de una parte proporcional del recibo de luz así como de los servicios de telecomunicación (internet).

3. Equipos de trabajo

La reforma señala que las empresas tienen la responsabilidad de instalar y dar mantenimiento a los equipos que entreguen a sus empleados para poder trabajar desde casa.

Ojo, porque los cambios al artículo 311 y la adición del Capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo también indican que los empleados deben cuidar y conservar esos equipos, como computadoras o celulares.

4. Derecho a la desconexión

La reforma también detalla el derecho a la desconexión, es decir, que los trabajadores no participen en comunicaciones electrónicas relacionadas con su empleo -correos electrónicos, llamadas telefónicas o mensajes de Whatsapp, como ejemplos-, que se den fuera de su horario laboral.

5. Datos personales

También queda establecido que los patrones deben preservar los datos personales y el derecho a la intimidad de los empleados, y que estos no pueden dar salarios inferiores a quienes realizan home office que los de los trabajadores que realizan sus labores de manera presencial con funciones iguales o similares.



MÁS SOBRE Nacional