¿Las elecciones del 1 de junio se consideran día festivo?
Aquí te diremos si tu patrón te debe de pagar más por laborar en jornada electoral

Tijuana, B.C. - Las elecciones a magistrados y senadores están a tan solo 7 días de llevarse a cabo, sin embargo, a diferencia de otras jornadas electorales como la ocurrida en 2024 donde se estaba disputando la Presidencia de la República o las alcaldías, se elegirán más de 800 cargos del Poder Judicial.
Sin embargo, restando el lado de la participación cívica, algunas personas que por cuestiones de su oficio deben de trabajar este domingo, se preguntan si es considerado festivo o por ende, su patrón debería de darles el día para que puedan ejercer su derecho.
¿Se considera feriado el 1 de junio de 2025 por estas jornadas electorales?
La respuesta corta es no, debido a que según el calendario lanzado por la própia Ley Federal del Trabajo de este año, no contempla esta jornada electoral como día festivo, a diferencia de las otras que como se mencionó anteriormente, disputaban los cargos de alcalde, gobernador o presidente.
Sin embargo, en esta misma LFT señala dentro del artículo 74 dentro de la fracción IX la siguiente especificación con respecto a estos casos:
"Se considerará feriado cualquier día que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral", es decir que debido a que se hará una jornada electoral esta fracción da un día adicional de descanso o para quienes laboren, serán acreedores al respectivo aumento que por ley son acreedores.
La LFT señala que en estos casos, se deberá de percibir su salario normal más el doble de ese salario, además de la prima dominical.
"Si un día de descanso obligatorio coincide con un domingo, el trabajador tiene derecho a recibir un pago doble por el servicio prestado, además de la prima dominical (al menos un 25% sobre el salario ordinario)", se lee en la LFT.



