SCJN avala limitar datos en registro de arrendamientos en CDMX

El Pleno determina que solo se reportarán datos estadísticos como monto de renta y ubicación general, sin exponer nombres ni ubicación exacta, para proteger la privacidad de las partes.

SCJN avala limitar datos en registro de arrendamientos en CDMX
Por: EL MEXICANO | 02/26/2026
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) retomó la discusión del artículo 2448 F del Código Civil para la Ciudad de México que establece la obligación de registrar contratos de arrendamiento.

El proyecto proponía una interpretación conforme de esa disposición a fin de que se hagan identificables datos personales tanto del arrendador como del arrendatario que suscriben ese tipo de acuerdos de voluntades; conclusión respecto de la cual la Ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronunció por el respeto irrestricto del derecho fundamental a la protección de datos personales.

En ese sentido, la Ministra indicó "lo que quiere el proyecto es que aceptemos que las personas ofrezcan datos estrictamente personales, y diría que, hasta sensibles, porque reflejan sus condiciones de vida, bajo el pretexto de que tendrán fines estadísticos, con lo cual no estoy de acuerdo, por más que se quiera justificar el objetivo estadístico".

En consecuencia, Yasmín Esquivel propuso que los datos estadísticos se constriñan a conocer el monto de la renta, la colonia y la alcaldía donde se ubica el inmueble, sin que ello implique vulnerar la intimidad, ni la seguridad jurídica de las partes, en otras palabras, lo dispuesto en los artículos 6 y 16 de la Constitución.

Al aceptarse limitar la información que deben dar los arrendadores para que por ningún motivo se proporcionen los nombres de los contratantes al registro, ni la ubicación exacta del inmueble, el asunto se aprobó por el Tribunal Pleno de la SCJN.
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