SCJN reconoce derechos indígenas y avala la charrería como patrimonio cultural en Hidalgo

El Pleno ordena al Congreso local legislar sobre autogobierno en Chiapas y resuelve controversia por la inclusión de la charrería como patrimonio cultural intangible.

SCJN reconoce derechos indígenas y avala la charrería como patrimonio cultural en Hidalgo
Por: EL MEXICANO | 02/27/2026

En la primera sesión extraordinaria en territorio, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), resolvió asuntos relacionados con derechos indígenas de habitantes de Chiapas, y la charrería como patrimonio cultural en el Estado de Hidalgo.  

Durante el análisis del amparo en revisión 344/2025, la Ministra Yasmín Esquivel Mossa votó a favor del proyecto que reconoce el derecho a la libre determinación, autonomía y autogobierno de la comunidad Tsotsil de "La Candelaria", Chiapas.

Yasmín Esquivel coincidió con el proyecto en cuanto a la existencia de una omisión legislativa, pues actualmente no se cuenta con una Ley General en Materia de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, ni con la legislación estatal que permita a les permita transitar a un esquema de autogobierno

Por lo que el Pleno determinó que el Congreso local debe emitir la legislación indicada o adaptar la existente, dentro de los siguientes 180 días naturales a la emisión de la Ley General

"Con esta sentencia enviamos un mensaje claro de que el multiculturalismo y el reconocimiento de nuestros pueblos ancestrales es un pilar fundamental en nuestra democracia constitucional" puntualizó Esquivel.

Posteriormente, en la controversia constitucional 200/2024 el Pleno de la Corte analizó una presunta invasión de competencia federal porque el Estado de Hidalgo incorporó la charrería como patrimonio cultural intangible, en la Ley de la Cultura y Derechos Culturales del Estado de Hidalgo

En este punto, Esquivel Mossa sostuvo que no existe prohibición para que los Estados reconozcan prácticas culturales con elementos materiales e inmateriales; máxime que la charrería cumple éstos, ya que no es una práctica reciente ni meramente recreativa, pues cuenta con antecedentes históricos y sociales. 

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