Rifar la virginidad ¿Es legal?

Sociedad y derecho.

 Hace unos días salió en redes sociales una jovencita que anunciaba la rifa de su virginidad.

                  Ofrecía en venta boletos por una cantidad líquida determinada. El ganador tendría la posibilidad de tener relaciones sexuales con ella, por primera vez, según ofertaba.

                  La chica es mayor de edad, de acuerdo con su propio dicho, por lo que podía hacer con su cuerpo lo que mejor le pareciera, como el caso, rifar su virginidad.

                  Fuera de las implicaciones morales que claramente se pueden ver en el caso, la situación nos da la oportunidad de examinar los actos desde un punto de vista legal, el cual de bote pronto no se aprecia que lo sea con la misma claridad.

                  De inicio, de acuerdo con el artículo 5º de la Constitución Política Federal, no se le podrá impedir a ninguna persona que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, con la única salvedad que este sea lícito.

                  No constituirán delito las relaciones sexuales que de manera directa y consensuadas tengan las personas mayores de edad en pleno ejercicio y goce de sus derechos, aún y cuando haya un pago en retribución de ello.

                  Ahora bien, aunque la comercialización de servicios sexuales hecho por el sujeto directo no sea un delito, para que sea lícita, en el caso del Municipio de Culiacán, Sinaloa, se requiere del cumplimiento de los requisitos contenidos en la Ley General de Salud, la Ley de Salud del Estado de Sinaloa y del Reglamento para Vigilar y Controlar el Comercio Sexual y Prevenir las Infecciones de Transmisión Sexual Municipal.

                  De acuerdo con este reglamento, en su artículo 4º, se considera la prostitución propiamente dicha, como un acto de "comercio sexual".

                  El cual requiere para su legal prestación de una autorización sanitaria otorgada por autoridad competente, con los requisitos y modalidades que establece la Ley de Salud del Estado, el Reglamento y demás disposiciones aplicables.

Para obtener la tarjeta de control sanitario, es necesario entre otras cosas, que el sujeto interesado se presente ante la Coordinación General Municipal de Salud con su solicitud por escrito, la cual deberá contener, cuando menos, los requisitos siguientes: I. Acreditar la mayoría de edad; II. Certificado médico expedido por la Coordinación en el que se haga constar que no padece ninguna enfermedad infectocontagiosa, ni de transmisión sexual; III. Cuatro fotografías tamaño infantil; dos de las cuales serán de frente y dos serán de perfil. Una de cada tipo de fotografía quedará adherida a la tarjeta de control sanitario y las otras al expediente que forme la Coordinación; IV. Comprobante de domicilio particular, y, en su caso, de la casa de cita, centro de asignación o table dance, donde realiza sus actividades; ... Satisfechos los requisitos anteriores, la Coordinación expedirá la tarjeta de control sanitario y turnará el expediente a la Oficialía Mayor para la autorización del ejercicio del comercio sexual.

En caso de no cumplir con los requisitos anteriores, se le podrán imponer sanciones a las personas tales como: I. Apercibimiento; II. Multa de 15 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; III. Suspensión de las actividades autorizadas, y IV. La clausura definitiva.

En cuanto al tema de la rifa, corresponde de forma exclusiva al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, la reglamentación, autorización, control y vigilancia de los sorteos de acuerdo con la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento.

Pudiendo imponerse prisión de tres meses a tres años y multa de quinientos a diez mil pesos a quienes realicen sorteos sin contar con autorización legal.

Por lo que, si bien toda persona es libre sin limitación alguna, de hacer con su propio cuerpo lo que mejor le parezca, debe necesariamente, en el caso de sortear su virginidad, cumplir con los requisitos legales que imponen tanto los ordenamientos de salud como de juegos y sorteos, así como contar con las autorizaciones de parte de las autoridades competentes.

Como siempre un placer saludarlo, esperando que estas pocas palabras hayan sido de su agrado y, sobre todo de utilidad ¡Hasta la próxima!



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