Sociedad y derecho

Sala Constitucional de la Ciudad de México

El pasado viernes 15 de noviembre, su publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Sala Constitucional del Poder Judicial de dicha ciudad, con lo cual se constituye esta en la máxima autoridad en materia de interpretación de la Constitución Política de la Ciudad de México.

La Sala Constitucional de la Ciudad de México estará integrada por siete magistradas y magistrados designados por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia de esa entidad, durando en su cargo ocho años.

Esta Sala tiene por función el garantizar la supremacía y control de la Constitución de CDMX, teniendo competencia tales como conocer y resolver las “acciones de inconstitucionalidad” que le sean presentadas respecto a la promulgación y publicación de normas locales de carácter general que se consideren total o parcialmente contrarias a esa Constitución o, de aquéllas que, aún siendo normas constitucionales, tuvieran vicios o violaciones en los procedimientos de su formación. Así mismo, conocerá de las “controversias constitucionales” que se susciten entre los entes legitimados de conformidad con dicha Constitución local.

Podrá también conocer y resolver las acciones por omisiones legislativas, así como aquellas acciones de cumplimiento en contra de los titulares de los poderes públicos, organismos autónomos y alcaldías, cuando se muestren renuentes a cumplir con sus obligaciones constitucionales o con “resoluciones judiciales”.

La Sala Constitucional es pues, el órgano jurisdiccional, especializado, terminal y máxima autoridad local en materia de interpretación de la Constitución Política de la Ciudad de México, así como de las reglas y principios previstos en la misma, teniendo como principal objetivo, la protección del orden jurídico constitucional doméstico. Su función jurisdiccional deberá regirse por los principios de legalidad, honradez, accesibilidad, transparencia, máxima publicidad y rendición de cuentas.

La creación de esta Sala de control Constitucional local, en definitiva, representa un avance novedoso hacía el federalismo y autonomía que debe privilegiar en los Estados de la República Mexicana, limitando el excesivo control centralista existente en la actualidad, el cual es contrario al espíritu constituyente de nuestra Carta Magna promulgada en 1917. Esperemos que en la práctica los resultados sean

los esperados.

Como siempre un placer saludarlo, esperando que estas pocas letras hayan sido de su agrado y sobre todo de utilidad ¡Hasta la próxima!



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